Mi pequeña opinión
diaria
Ahora
quieren cambiar la vara
La
opinión, en especial la opinión jurídica, no debería torcerse de acuerdo a los
intereses o conveniencias. Es un
principio intelectual que debería ser inmutable.
Cuando
esa opinión es sobre la Constitución Nacional, el tema es todavía más
importante.
La
discusión ahora es sobre el cálculo de los porcentajes para determinar si un
candidato ha llegado o no a ganar en primera vuelta, o si se debe ir a
ballotage.
La
Constitución dice que se calculará sobre el “ total de votos afirmativos
válidamente emitidos”. Es decir que excluye los votos nulos o impugnados.
La
duda entonces es si los votos en blanco son afirmativos o no. En este caso correspondería utilizar un viejo
recurso interpretativo. Si los constituyentes hubieran querido que los
porcentajes se calcularan sobre los votos positivos y en blanco, ¿para qué
habría agregado el término “afirmativos”?
Si
tal hubiera sido la intención, habría bastado con expresar que los porcentajes
se debían calcular sobre “el total de
votos válidamente emitidos”. Al agregar el término “afirmativos” es evidente,
aunque no nos guste ni convenga, que se están dividiendo los votos válidos en
dos categorías, que no pueden ser otras que votos afirmativos y votos en
blanco, ya que no existe otra posibilidad en la práctica.
Sostener
que el término "afirmativos” es una redundancia, como parecen querer algunos
expertos, es entrar en una exégesis contraria a la letra y al espíritu de ese punto de la Constitución.
Confrontados
a un resultado electoral que les puede ser adverso, en vez de hurgar en los
tratados y en la opinión de los constitucionalistas, los candidatos deberían hurgar
en sus programas y escudriñar los mensajes que le envían a la ciudadanía.
La
Constitución Nacional ya ha sido suficientemente manoseada.
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